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Descuento por minusvalía y plan pive

  • sportivo

    • Dic'12
    • Posts: 112
     

    Hola a todos

    Queria saber si se pueden aplicar esas dos condiciones en la compra de un coche o si son excluyentes. ¿Qué requisitos hay que tener para solicitar el descuento por minusvalía? Si el minusvalido es uno de los padres, ¿el hijo puede acogerse a ese descuento? ¿Ha de ser un coche nuevo el que se compre?

    ¡Muchas gracias de antemano!

  • ramon

    • Dic'12
    • Posts: 763
     

    Hola Sergio: A ver si te aclaro un poco el tema ya que mezclas varios conceptos. El descuento que tiene un coche para minusválido es el que haga la marca a través del Concesionario y no es obligatorio, unas lo hacen y otras, no.

    Luego está el tema de los impuestos que te ahorres por minusvalía pero ya es un tema de Hacienda y no son descuentos, son impuestos con cantidades fijadas por ley. La minusvalía se demuestra con Certificado de la Seguridad Social ó bien por el que emiten los departamentos de las respectivas Comunidades Autónomas, ningún otro es válido.

    Cualquier persona con minusvalía igual ó superior al 33% no paga el Impuesto de matriculación, sea el que fuere, incluyendo el más alto. Sí esa persona con la citada minusvalía tiene además reconocida en dicho certificado, una movilidad reducida con puntuación de " 7 " ó superior, en la compra del coche pagará el IVA super-reducido del 4% en lugar del 21 %. ( Ya ves que el ahorro es considerable, te ahorras de IVA un 17% y de matriculación hasta un 14,75%).

    Explicados los descuentos y ahorros, entiendo que el Plan PIVE está pensado para otras condiciones de compra pero que yo sepa no hay nada que diga que sea incompatible. Lo que deberías es preguntar en el concesionario ó en Hacienda sí puedes tener las ayudas de minusválido y el Plan Pive a la vez.

    Y sobre sí el munusválido es el padre, ó el hijo, etc., la ley es clara en ese sentido: Si por desgracia tienes un hijo con minusvalia y evidentemente al ser menor de edad no puede conducir, puedes comprar el vehículo con todos los ahorros y ser conducido por padres ó tutores. Si el minusválido es el padre pueden pasar dos cosas: 1º/Que conduzca él sí puede y tiene carnet de conducir pero entonces tendrá que llevárlo exclusivamente él, ya que será Titular-Conductor. Sí lo conduce otra persona será multada e incluso puede perder lo ahorrado. 2º/ Que al igual que si fuera un menor no tuviera carnet ó bien no pudiera conducir por su minusvalía, el vehículo se destinará exclusivamente a su uso y conducido por cualquier otra persona que lo acompañe y será Titular-No Conductor. Igual que antes, si lo conduce otra persona tendrá los mismos problemas excepto si demuestra ante la autoridad y de forma fehaciente que lo ha utilizado para llevar ó recoger al minusválido ( Como ejemplos, visitas médicas, rehabilitación, recreo, etc., en fin , que tendrás que demostrar si vas tú sólo en el coche, que acabas de dejar al minusválido ó lo vas a recoger).

    Y para finalizar lo del coche nuevo, pues has de ver los ahorros que tienes y los impuestos de un coche nuevo ó usado, está claro que hay cosas que sólo pagas al ser nuevo, pero hay que hacer cuentas. Además el coche con dichos ahorros no puede ser vendido antes de 4 años ó todo lo ahorrado lo has de devolver. Sólo si hay siniestro total ó el titular fallece, se puede cambiar de nombre ó comprar uno nuevo sin devolver nada.

    Saludos, Ramón. ( Me olvidaba, con esa minusvalía ó superior estás exento de pagar el impuesto de circulación de los Ayuntamientos)

  • sportivo

    • Dic'12
    • Posts: 112
     

    Muchas gracias por la respuesta tan completa Ramón.

    ¿Es posible que haya gente que compre coches con ese descuento por minusvalía y no se usen para ese fin? Creo que ese tema no debe estar muy controlado porque he oido casos como el que comento, coches a nombre de abuelos, etc.

    No obstante me has aclarado todas las dudas.

    ¡Gracias!

  • sintonison

    • Dic'12
    • Posts: 102
     

    Completar que los coches comprados con iva reducido por minusvalía no pueden volver a transmitirse en cuatro años, teniendo que abonar el IVA ahorrado caso de hacerse, y que un minusválido no puede estar exento del impuesto de circulación más que en un vehículo a la vez. Estos ahorros por minusvalía son compatibles con el plan pive y con cualquier descuento del concesionario. En cuestión de picaresca y defraudación somos líderes mundiales; pero eso allá cada uno

  • tumbabueyes

    • Dic'12
    • Posts: 441
     

    Básicamente el tema como yo lo conozco es el siguiente:

    Con un certificado de minusvalía estás exento del impuesto de matriculación y del "sellito" del ayuntamiento. Si la minusvalía implica limitación de movilidad, el IVA aplicado es el súper-reducido del 4%. Por tanto no son descuentos, sino tributos no aplicados.

    El tema descuento es otra cosa y consiste en que determinados fabricantes añaden a la exención de impuestos algo de su parte. En concreto Fiat es la marca que suele estar más comprometida y en tiempos solían aplicar descuentos del 7% del precio franco-fábrica. No obstante, he visto en marcas como BMW y Audi descuentos que pueden llegar al 10% dependiendo del modelo. En Renault hace unos cuantos años, aplicaban un 1% para un Twingo por ejemplo. No es que sea mucho, pero algo es algo.

    La duda que me asalta a todo esto es, que como bien han indicado otros compañeros, el vehículo para el que se apliquen las exenciones no se puede transferir en 4 años so pena de tener que abonar los impuestos no pagados; también mencionáis que si el conductor es otro distinto del titular, podría suceder lo mismo... ¿Qué ocurre si el coche está a nombre de un minusválido y lo conduce una persona diferente el día 1 del quinto año?

  • sintonison

    • Dic'12
    • Posts: 102
     

    Tumbabueyes: Una vez transcurridos los cuatro años desde que se ahorró la mayor parte del IVA, el vehículo puede ser conducido por un tercero; pero si se sigue sin pagar el impuesto de matriculación, que es anual y municipal, si lo conduce un tercero tiene que ser sólo para transportar al minusválido.

  • ramon

    • Dic'12
    • Posts: 763
     

    Hola a todos: Ya digo en mi primera respuesta lo de los 4 años, espero que se haya entendido bien, si lo vendes antes de ese tiempo has de pagar los tributos que te ahorraste. Y como vuelves a preguntar te contesto, aunque ya Andrés aclara el tema bastante:

    Sí hay "caraduras" como en todos los ámbitos de la vida, que compran el coche a nombre del abuelo con minusvalía y sólo lo utilizan ellos y el abuelo no sube en su vida. Y como bien dices, Sergio, el problema es que no está muy controlado y eso que es bastante fácil de hacer, pero ya sabes que la gran mayoría de policias locales se dedican a poner multas y no miran determinadas cosas que también entran en sus funciones.

    Y si alguien se "cabrea" por mi afirmación, lo siento, pero así lo pienso y lo he comprobado. Pocas cosas me "joden" más que ver a una persona joven y con aparente estado de buena salud, llegar con el coche cargado con los amigos-as a un centro comercial y aparcar en la zona de minusválidos, dejando la tarjeta correspondiente en el interior y a la vista. Y cuando llega un minusválido de verdad tiene que aparcar más lejos y en plazas más estrechas, con la consiguiente molestia ( a veces no pueden ni sacar la silla de ruedas en las plazas normales, las de ellos suelen ser más anchas para ese motivo precisamente).

    Y es que aparte de todas las ventajas que comenté en la respuesta anterior, también al minusválido le dan la Tarjeta Europea de aparcamiento para dichas plazas. Y en la parte de detrás dice claramente el nombre de la persona y la fecha de caducidad por lo que cualquier autoridad, en el momento que entras ó sales del coche aparcado en esas plazas y con la Tarjeta a la vista, te puede pedir la documentación y en caso de no coincidir los nombres te puede multar por diversas causas, además de confiscar la tarjeta. Y no lo hacen, que es lo más triste del asunto. Además y por radio, cualquier agente en toda España sabe en unos segundos y por la matrícula del coche si es ó no de minusválido y también te multan por ello, por lo que a la pregunta de tumbabueyes, está perfecta la respuesta de Andrés.

    Pase el tiempo que pase, si el coche está a nombre de un minusválido y no paga el impuesto de matriculación, siempre lo ha de conducir él si es que puede ó bien ser transportado en el mismo.

    Como en tantas otras cosas " Spain is diferent", sólo con ir a Andorra ó Francia y si vas con un minusválido y aparcas en sus zonas dejando la tarjeta a la vista, te aseguro que al aparcar ó al volver, tienes un agente que te pide la documentación y se asegura que en el coche va un minusválido, de no ser así la multa es de las fuertes de verdad. Saludos, Ramón.