Coche en la grúa

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    anaspn Posts: 1
    21-03-2011 16:36

    Hoy se han llevado el coche la grúa ya que iban a hacer trabajos de poda en la calle donde estaba estacionado.  Lo dejamos el sábado y supuestamente estaba señalizado que el lunes iban a realizarse los trabajos (por lo que el coche debía de retirarse).  Nosotros al dejarlo ni vimos ningún tipo de señalización y hoy lunes nos hemos dado cuenta de que se lo ha llevado la grúa.  Como consecuencia 168€ por retirar el coche y no sabemos todavía si hay denuncia.

    Nos parece injusto que haya pasado esto y más que tengamos que pagar, ya que estamos 100% seguros de que no había señalado nada.... podemos hacer algo? ¿Hay alguna normativa en cuanto al tiempo de estacionamiento de un coche en la calle? Es una calle de estacionamiento libre.  Muchas gracias!!

  • Avatar de aranchapato.
    aranchapato Posts: 360 Autoconsultor
    22-03-2011 15:55

    Hola Ana, te copio la respuesta que nos ha dado Mario Arnaldo, nuestro experto en dudas legales, a tu consulta:

    No nos indicas en tu consulta el Ayuntamiento donde te ha ocurrido esto. Y este dato es importante ya que la regulación del estacionamiento y la retirada de los vehículos por la grúa es una competencia municipal, siendo distinta en un Ayuntamiento o en otro. Por ejemplo, la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, establece la prohibición de estacionar  " En un mismo lugar de la vía pública durante más de cinco días consecutivos, a cuyo efecto sólo se computarán los días hábiles. En todo caso, el propietario del vehículo tendrá la obligación de cerciorarse por él mismo, o por cualquier otra persona o medio, de que su vehículo no se encuentra indebidamente estacionado como consecuencia de cualquier cambio de señalización u ordenación del tráfico; para hacerlo, dispondrá de un máximo de cuarenta y ocho horas consecutivas, a cuyo efecto sólo se computaran los días hábiles."

    En estos casos los agentes de la Policía Municipal y agentes de Movilidad podrán ordenar la retirada de un vehículo de la vía pública y su traslado al depósito correspondiente, debiendo pagar el importe de la tasa de la grúa. En los casos de obras, mudanzas, calbalgatas, etc, no existirá obligación de pago si no se ha señalizado la zona, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación al momento en que ésta se produzca, computadas en días hábiles.

    Por eso te recomendamos que consultes con las correspondientes Ordenanzas municipales para ver si la actuación de la grúa se ajustó o no a la ley.