Multada en el extranjero
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mcrl Posts: 206-05-2010 10:20
En Septiembre de 2009 viajé a Italia, alquilamos un coche para movernos por Génova y Milán. Y ahora, en Mayo de 2010 he recibido en casa un documento que habla de una multa. Parece ser que me multaron en Milán, por conducir por un carril reservado a transporte público (cosa que no nos cuadra a ninguno de los que íbamos). Aparecen el día y la hora de la infracción (coinciden con el viaje), en el encabezado también aparece "Comune di Milano, Polizia Locale". Cuando explica la infracción habla de que tengo 20 días a partir de la fecha de recepción para hacer el ingreso a favor de la Policia Municipal de ese ayuntamiento. Más abajo aparecen por suspuesto una cuenta bancaria (a nombre de European Municipality...) para realizar el pago y datos para hacerlo con la tarjeta de crédito. Al pie del documento habla de que "la jefatura depolicía ha delegado en Nivi Credit S.r.l. Div European Municipality Outsourcing, la facultade de ejercitar todas las acutaciones legales con Acto Procura Speciale 09/02/09." Añadiendo que "el presente aviso no constituye notificación de vilación, siendo facultad del destinatario realizar el pago voluntario y evitar las consecuenias de la notificación según las convenciones internacionales vigentes." Al terminar de leerlo me pregunto:
¿Qué es esa Nivi Credit S.r.l. Div European Municipality Outsourcing?
¿Qué acutaciones legales puede realizar?
¿Qué es Acto Procura Speciale 09/02/09?
¿Cuáles serían esas convenciones internacionales vigentes?, ¿qué consecuencias puede conllevarme el impago? (me suena a amenaza)
Aunque mi intención no es dejarla impagada, querría tener la certeza de que realmente la infracción exisitió, (íbamos dos coches, uno tras otro todo el tiempo, y al otro no lo han multado; y esto de que aparezca una empresa para cobrarlo es lo que me mosquea.
Querría saber si esto se hace así, tenía entendido que las multas en el extrnajero se pagan en el acto, porque no hay formas de cobrarlas a los no residentes. Con lo que no sé si esto de que lo haga una empresa, es un nuevo sistema real y legal para evitar los impagos de los no residentes, algo informativo y que cuenta con la buena volutad del damnificado para el pago, o algún tipo de estafa.
Comentario jocoso, en diez años de carnet no tengo ni una mínima multa de aparcamiento, me vine espantada de tal y como conducen allí: se saltan las señales, las prioridades, los límites de velocidad, aparcan en zona prohibida... todo esto de forma generalizada, tendría que ver que me tocase pagar a mi.
Gracias de antemano, espero vuestra respuesta.
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06-05-2010 11:00
Hola mcrl. Le paso tu consulta a nuestro experto en Dudas Legales. En cuanto nos responda, te informo. Un saludo
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06-05-2010 16:11
Hola mrcl. Te copio la respuesta de nuestro experto en dudas legales:
Hoy por hoy no es posible la persecución (ni el cobro) en España de una multa cometida en el territorio de otro país de la UE. Es decir, que si Vd. no abona la sanción, ni el municipio de Milán, ni ningún otro de Italia, le va a poder cobrar esa multa en España.
En este momento no hay ningún convenio internacional con Italia para perseguir en España las infracciones de tráfico cometidas en su territorio. Tampoco existe ninguno vigente en la UE.
La fecha Acto Procura Speciale, se refiere a la fecha en que se adoptó la resolución del acto administrativo.
Nivi Credit S.r.l. es una empresa privada de recobros, que trata de cobrar extrajudicialmente los créditos. Sin embargo, si el deudor no paga no tiene posibilidad de ejercer ninguna acción ejecutiva.
Cuestión distinta es la relación que Vd. tenga con la empresa de alquiler de coches, ya que si en el contrato de arrendamiento que Vd. suscribió pactaron la obligación de pagar las multas para el caso de que a ellos les hicieran responsables, le podrán cobrar dichas multas a través de la tarjeta de crédito. No obstante, por los datos que nos facilita, no creemos sea el caso.
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mcrl Posts: 206-05-2010 16:45
La empresa de alquiles, Hertz, no aparece por ningún sitio en el documento, así que también supongo que no es el caso.
Muchísimas gracias.
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06-05-2010 16:50
De nada..., y pásate por aquí de vez en cuando.