Multas de Italia.
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gsola55 Posts: 111-09-2012 19:16
Buenas.
En septiembre del 2011 fui a visitar roma, alquile un coche con Hertz.
Mi sorpresa es te 2012, mas bien en agosto cuando recibo 8 cartas no certificadas de European Municipality Outsourcing una division de Nivi Credit S.r.l., diciendome que he infringido el codigo de circulación italiano.
me puse en contacto es esta division mediante el correo electronico y estos lo unico que me dicen es que pague,la suma total de las sanciones sube a un total de 870€.
es por eso que mi duda es que repercusion tiene si no pago?, es que yo como muchos otros me encuentro en un momento que me es imposible hacer frente a este pago.
Gracias
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juanjos Posts: 30812-09-2012 13:54
El hecho de recibir cartas no certificadas es como recibir publicidad, no tiene valor alguno legalmente, ahora bien si tú te has puesto en contacto con ellos te has dado por enterado. La empresa que te las reclama,¿ es directamente la Administración italiana o una agencia de cobro delegada?. La cuestión es enterarse de si esta agencia o de si la propia admon. italiana tiene algún acuerdo con Hacienda española para ejecutar el cobro vía constreñimiento, es decir, embargo de tus cuentas, nómina... Yo diría que no hay tal acuerdo y lo que te piden es que pagues voluntariamente pero no tengo claro que tengan herramientas para cobrarte. Otra cosa es que la empresa de alquiler te haga un cargo a la tarjeta que diste para alquilar el coche y ahí veo que poco tienes que hacer pues me imagino que en el contrato de alquiler debe poner que la empresa no responderá de las denuncias que cometan los alquiladores de sus coches, lo cual entiendo que es lógico, por lo que puedes ir dando de baja ya esa tarjeta en tu banco por si acaso.
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tumbabueyes Posts: 87312-09-2012 16:01
Pues pasan dos cosas. Una, que te lo cobrarán de la tarjeta que diste en su día, y dos, que si das de baja la tarjeta, se irá incrementando la deuda con recargos y recientemente se ha firmado un convenio por el que las multas en el extranjero no quedan impunes como antiguamente.
Así que yo lo primero que haría sería intentar enterarme de qué preceptos se achacan como denunciados, seguidamente asociarme a alguna empresa reconocida que se dedique al recurso de multas y esperar.
No digo que sea tu caso, pero conozco muchos que en el extranjero conducen como si no hubiera un mañana con la excusa de que "que me localicen en España" y te localizan, vaya si lo hacen.
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juanjos Posts: 30812-09-2012 17:24
Parece ser que el Parlamento europeo ha aprobado una directiva para que las denuncias en el extranjero no queden impunes pero no afectará a las denuncias de estacionamiento, sí a las de movimiento. Mírate este enlace que te puede despejar alguna duda:
http://cec.consumo-inc.es/cec/Secciones/Documentos/Multas%20Italia.pdf
Suerte.
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seatjosep Posts: 1916-09-2012 18:07
¿Y desde cuando está aprobada esa directiva?
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tumbabueyes Posts: 87316-09-2012 19:12
Creo que hace como un año aproximadamente.