impuesto de circulacion
-
jimmy Posts: 1229-11-2009 22:12
hola...menuda pagina la vuestra...muy interesante... ya voy por la tercera consulta...jejeje...
tengo un seat 124 del 79, esta matriculado como salio de fabrica en su dia y estoy averiguando el tema del impuesto para no pagarlo... me han comentado en el ayuntamiento que solo me pueden bonificar el 25%... es esto correcto? que hay que hacer para no pagar nada? matricularlo como historico es la unica opcion?
-
elnuma1a Posts: 630-11-2009 19:09
Como sabrás, la Ley de Haciendas Locales permite que los ayuntamientos establezcan exenciones totales o parciales a coches históricos. Como resultado, hay municipios que no aplican exención alguna, otros que la limitan aun porcentaje (normalmente el 50%) y otros que, como muestra de generosidad, establecen la bonificación total. En algunos basta con tener más de 25 años, en otros es necesario que el vehiculo esté matriculado como histórico. Depende la ordenanza municipal reguladora del impuesto, en cada caso, y donde la haya.
Aparte de informaros en vuestro ayuntamiento, la solicitud donde haya que hacerla es conveniente ralizarla en el último trimestre del ejercicio anterior al que deba surtir efecto.
En este link, aunque no muy actualizado, creo, puedes ver por provincias qué ayuntamientos tiene aprobadas exenciones de pago del IMCV.
-
14-12-2009 17:07
Hola Jimmy, te copio la respuesta a tu consulta dada por Mario SAranaldo, presidente de Automovilista Europeos Asiciados y nuestro experto en temas legales:
Gracias a la intervención de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), desde 1999 los ayuntamientos pueden establecer en sus ordenanzas fiscales una bonificación de hasta el 100% de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos catalogados como históricos, o para aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años. Sin embargo, debes tener en cuenta que es cada ayuntamiento el que fija el alcance y las condiciones de la bonificación, y así hay municipios que aplican el 100% a los dos supuestos; otros sólo aplican el máximo a los históricos y un porcentaje, o nada, a los de más 25 años. Por eso debes comprobar la ordenanza fiscal que hay vigente en tu ayuntamiento, ya que sí eso es lo que tienen aprobado, las opciones son: o bien promueves una modificación de la ordenanza para ampliar la bonificación (para ello debes dirigirte a los concejales que componen el pleno municipal); o bien te tendrás que domiciliar en un municipio que tenga un mejor tratamiento fiscal sobre este tipo de vehículos.