
La Dirección General de Tráfico acaba de anunciar que todos los residentes comunitarios que hayan obtenido la residencia legar en nuestro país antes del 20 de enero de 2013 deberán renovar su permiso de circulación a partir del próximo 19 de enero de 2015.
La medida afecta a todos aquellos conductores con carnet indefinido o con un plazo de vigencia superior a 15 años para los permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y BE) o de 5 años en el caso del Grupo 2 (BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE).
A parte de estos grupos, también será obligatoria la renovación para aquellos residentes legales con permisos comunitarios cuya vigencia haya finalizado o esté próxima a caducar.
Pasos a seguir para renovar el carnet
Todos los afectados por la medida de la DGT deberán solicitar una cita previa para la renovación de su carnet. Podrán hacerlo a través de cualquiera Jefatura Provincial u oficina local de Tráfico, llamando al teléfono 060 o mediante la página web de la DGT.
La documentación que deberán entregar una vez sean citados es la siguiente:
- Impreso relleno que se facilita en las Jefaturas de Tráfico o en la web de la DGT.
- Acreditación de residente en España y de identificación (DNI, pasaporte…).
- El permiso de circulación comunitario original y una fotocopia.
- El informe de aptitud psicofísica obtenido en un centro de reconocimiento médico.
- Fotografía reciente en tamaño 32x26 mm.
- Un talón de foto que se obtiene en las Jefaturas de Tráfico, relleno y firmado.
- 23,50 euros para pagar las tasas de Tráfico.