Impuesto circulación pendiente Resuelto
-
Karoltole Posts: 120-12-2015 21:58
Buenas noches, tengo una duda sobre el IC. El año pasado (2014) no pude pagar el IC por motivos económicos pero este año si lo he pagado (el de 2015) y olvidé que debía el anterior.
Quería saber que pasa si el del año en curso está pagado y el anterior no, porque tengo entendido que el que prevalece es el del año en curso. Me han enviado cartas de embargo por no pagarlo pero no se hasta que punto es legal o no, ya que el actual está pagado. Es cierto que me lo pueden requisar??
Un saludo
-
21-01-2016 18:05
Puedes seguir circulando legalmente, a efectos de vender el vehículo, puedes hacerlo con el impuesto de circulación del año en vigor pagado. Pero efectivamente, te seguirán reclamando el pago del impuesto de los años anteriores que no hayas pagado, e incluso podrían embargarte el importe de la cuenta.
-
tumbabueyes Posts: 87322-01-2016 12:26
De hecho lo harán, embargarán la cuenta y saldrá más caro el collar que el perro. Cuando se llega al embargo normalmente la cantidad retenida de la cuenta suele ser del orden de un 40% superior a lo que se debe.