El impuesto de circulación (IVTM) es de titularidad municipal, obligatorio y la gestión corresponde al Ayuntamiento.

Las provincias más baratas son:
- Cáceres
- Melilla
- Ceuta
- Soria
- Jaén
- Badajoz
- Pamplona
- Zamora
- Palencia
- Pontevedra.
Por el contrario, las más caras son:
- Madrid
- Barcelona
- Valencia
Esto provoca que se domicilien vehículos en los lugares más económicos, aprovechando el empadronamiento de un miembro de la familia.
Impuesto de circulación: ¿qué grava?
Es un impuesto por el "uso" de las vías públicas de cada municipio. Y sí, puede parecer un abuso. Ya que si tiene coche hay que pagar IVA, para cualquier gestión pagas tasas desmesuradas; más tarde el impuesto a la velocidad en forma de radares en lugares “sinsentido” y en ocasiones, sin señalizar; impuesto a destiempo por aparcar en zonas "vigiladas" en las que roban igual o más; y, sobre todo, una presión fiscal enorme sobre los combustibles.

Impuesto de circulación: dudas frecuentes
¿Quién está obligado a pagarlo?
Esta tasa la debe pagar la persona o entidad que figure como titular del vehículo a día 1 de enero de cada año.
He vendido mi coche el 3 de febrero de este año. ¿Debo pagar el impuesto de circulación de 2019?
Este impuesto se devenga el día 1 de enero de cada año, aunque se pague luego en los meses de marzo a mayo. Por tanto, aunque vendas el coche (y por supuesto, comuniques la venta a Tráfico en el plazo de 10 días) el día 2 de enero, el impuesto de ese año aunque no hayas disfrutado del coche más que dos días, te corresponderá pagarlo a ti. Desde el punto de vista del vendedor, lo más recomendable es que en el precio de venta se negocie este concepto si se vende el coche a principios de año. Por otro lado, desde el punto de vista del comprador, es recomendable exigir el recibo del impuesto pagado antes de pagar.
Si quieres ver más preguntas y dudas sobre el impuesto de circulación entre en nuestro foro en dudas legales. Hay un montón de preguntas que te servirán de ejemplo.
¿Puedo vender mi vehículo sin haber pagado el Impuesto municipal de circulación?
No. Desde el 1 de Enero del 2011, ya no se puede realizar la venta o cambio de titularidad de un vehículo si en el Registro de Vehículos de la Jefatura Provincial de Tráfico aparece como pendiente de pago.