El Gobierno de España ha decretado un estado de alarma en Madrid. ¿Y esto qué implica? Te mostramos las normativas a seguir durante los próximos días.

Las restricciones del estado de alarma en Madrid entran en vigor el viernes 9 de octubre a las 15.00. Y estas son, básicamente, las mismas que dictaba la orden ministerial del Ministerio de Sanidad de la pasada semana, esas que tumbó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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Esto quiere decir que no se podrá salir de los distintos municipios de Madrid que ya estaban confinados previamente. Tampoco entrar, salvo por motivos justificados. Estos son Madrid, Torrejón de Ardoz, Fuenlabrada, Getafe, Móstoles, Parla, Alcorcón, Alcalá de Henares y Alcobendas.
Las excepciones para poder salir de estos municipios son los siguientes:
- Atender a mayores, menores o personas con discapacidad
- Acudir a centros educativos (Universidad, academias, colegios,…)
- Acompañar a menores de edad a su centro educativo
- Realización de exámenes inaplazables
- Visitas médicas
- Gestiones administrativas
- Causas de fuerza mayor

Ahora bien, ¿es posible hacer una vida relativamente normal pese al estado de alarma? Sí, porque se trata de un confinamiento muy ‘light’. Los bares siguen abiertos, solo que están limitados al 50% y tienen la obligación de cerrar a las 23.00. Eso sí, las barras están cerradas.
Por otro lado, las reuniones públicas y privadas no pueden superar las seis personas. Esto mismo sucede con los deportes. Las clases y los grupos deportivos solo podrán entrenar en grupos de seis personas.
En cuanto a los velatorios y los sitios de culto, el aforo se reduce a un tercio en las áreas restringidas, mientras que a los velatorios solo podrán asistir 15 personas, siempre que se celebre al aire libre y 10 personas si el lugar es cerrado.
Por tanto, aunque Madrid viva en un estado de alarma, todo es una táctica para impedir que los madrileños salgan a otras provincias españolas y puedan fomentar la expansión del virus.
Puedo salir con la bici en Madrid para hacer deporte??