Se avecinan grandes cambios tanto en los cursos de recuperación de puntos como el propio carnet de conducir

El Boletín Oficial del Estado ha publicado una nueva Orden Ministerial por la que se regulan los cursos de recuperación de puntos para los titulares de un permiso o licencia de conducción. Tras casi veinte años de la implantación del Permiso por Puntos y de la Orden que regulaba dichos cursos se ha hecho una revisión del contenido de los mismos.
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Las novedades más significativas son:
- Aumento del tiempo destinado a las dinámicas de grupo, por considerar que los alumnos interiorizan mejor los mensajes y permite a los psicólogos apreciar cómo van aceptando los alumnos los mismos.
- Creación de nuevos perfiles infractores: distracciones, conductas imprudentes en motoristas, velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes y penal que se asignan a los alumnos en función de las infracciones cometidas y por las que han perdido los puntos para la impartición de la parte específica del curso.
- Participación de las víctimas con carácter preceptivo, puesto que en los casi veinte años de experiencia se ha demostrado su efectividad en el cambio de actitudes.
- Aplicación de las nuevas tecnologías en la parte específica de los cursos, con la posibilidad de que el contenido de dicha parte se pueda realizar de forma on line mediante teleformación o aula virtual.
Todos los cambios al detalle
1.- Cambios en los cursos de recuperación parcial:
- La duración mínima de estos cursos será de 10 horas, 7 para la parte común y tres para la específica.
- La realización y superación del curso permitirá al conductor recuperar 4 puntos, no 6 como hasta ahora.

El curso de recuperación parcial de puntos solo se puede realizar una vez cada dos años, excepto los conductores profesionales que pueden realizarlo una vez al año. Esta periodicidad no ha cambiado.
2.- Curso de recuperación del carnet de conducir:
- La duración mínima de los cursos será de 20 horas, 16 para la parte común y 4 horas para la parte específica.
Preguntas frecuentes sobre los cursos
¿Puedo elegir el curso a realizar?
No, el curso a realizar depende del número de puntos que te queden en tu permiso.
Si tu saldo ha llegado a cero, y te han notificado la pérdida de vigencia de tu permiso, tienes que realizar el curso para la recuperación total de puntos. No puedes hacer el parcial, ya que la pérdida de vigencia supone que debes obtener un nuevo permiso, lo que exige realizar una prueba teórica. También está obligado por ley a realizar dicho curso de recuperación del permiso la persona titular de un permiso o licencia de conducción que haya sido condenada, por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir, como requisito para poder volver a conducir.

Si aún tienes puntos, tu curso es el de recuperación parcial de puntos, con el que recuperarás un máximo de 4 puntos, hasta el límite de tu saldo inicial
¿Cuándo realizo el curso de recuperación parcial?
Para poder realizar un curso de recuperación parcial debes tener crédito de puntos positivo (es decir, debes tener al menos 1 punto) pero siempre inferior a tu asignación inicial de puntos, 8 o 12. La realización del curso de recuperación parcial es totalmente voluntaria y es la persona interesada la que ha de decidir en función de sus circunstancias.
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