Reclamación por accidente
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tumbabueyes Posts: 87304-03-2012 20:27
En enero de 2010, mientras circulaba por una rotonda una noche de lluvia, un coche que accede a dicha rotonda calculó mal o perdió el control y me embistió en la puerta trasera derecha, haciéndome girar 270º. El contrario rellenó su lado del parte amistoso poniendo que accedía a la rotonda mientras yo circulaba por ella. Yo rellené mis datos y entonces me pidió el parte completo porque se había olvidado firmar. Cuando me lo devolvió puso un "No" junto a la casilla de "accedía a la rotonda" y marcó "circulaba por la rotonda", de lo que no me percaté, básicamente porque no me encontraba bien. Al día siguiente mandé el parte a la compañía sin percatarme de ese hecho.
Estuve dos meses de baja con rehabilitación, me quedó como secuela una hernia cervical y la reparación del coche fue superior a 2000 euros, aunque afortunadamente lo tengo a todo riesgo.
El caso es que se inicia el proceso de reclamación, me nombran un letrado, lo visito dos veces aportando testigos, fotos, documentación médica, etc. Fui citado varias veces por el forense de la compañía contraria. En septiembre de 2010 me cita el forense del juzgado para valorar las secuelas. Tras un tiempo en el que no recibo ninguna información, me pongo en contacto con el letrado que me dice allá por abril de 2011 que no desespere, que está en marcha y que puede tardar un año. Pero en noviembre de 2011 el letrado me llama para decirme que abandonan el caso por orden de la compañía. Llamo a estos y me dicen que el parte dice que ambos circulábamos por la rotonda(al recibir el golpe por la derecha, dan por sentado que el otro coche tiene la preferencia) y que no hay garantías de ganar y han pagado al otro su reparación. Me dicen que si quiero puedo reclamar por mi cuenta y que si gano pagarían ellos el letrado. Pedí que me mandaran la documentación pero me la mandaron incompleta.
El caso es que estoy trabajando fuera y no he podido mover nada. ¿Estoy a tiempo de ejecutar alguna acción? ¿Es lógico que la compañía decida a medio procedimiento abandonar posicionándose como "juez"? ¿Por qué pusieron en marcha un proceso que abandonan casi 2 años después sin una explicación convincente?
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ramon Posts: 1.01005-03-2012 12:58
Hola tumbabueyes: Que la Cía decida abandonar un proceso no es que se posicione como juez, lo que pasa es que con el parte que dices que firmasteis realmente creen que van a perder. Y tu ya lo dices en tu escrito " ambos circulábamos por la rotonda y al recibir el golpe por la derecha dan por sentado que el otro tiene la preferencia". Pues seguro que es eso lo que ha pasado, la Cía y el conductor contrarios se cogen a lo firmado en el parte y aunque sintiendo mucho que por no encontrárte tu bien de salud en aquel momento no te dieras cuenta que el otro " lo amañó ", lo que está claro es que así lo enviáste a tu Cía y como dices, sin tu mismo dárte cuenta. La solución, muy fácil: Consulta con un abogado especialista en circulación, le explicas todo el caso y sobretodo me he fijado que hablas de testigos, ésa puede ser la clave, con todos los datos el te ha de decir las posibilidades reales que tienes en caso de ir a juicio, si es que además puedes por el tiempo transcurrido. Particularmente pienso que el quid del asunto son los testigos y de que "peso" son, sin ellos y con el parte firmado por tí junto al otro conductor creo que la Cía. hace bien en no ir a juicio ya que lo tienes perdido de antemano. Saludos y suerte, Ramón.
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tumbabueyes Posts: 87305-03-2012 16:28
El tema Ramón, es que en el parte está claramente emborronada la casilla de "accedía a la rotonda", luego un no al lado y marca otra cosa. ¿Acaso es válido un parte con tachones?
Cuando digo que circulábamos los dos por la rotonda, me refiero a lo que interpreta la compañía, no lo digo yo porque ya aclaro que el contrario entraba a la rotonda por la que yo circulaba. De hecho me hundió la puerta bastante y decía haber roto el radiador... En una "confusión" de preferencias en rotondas, hay chapa de aletas, etc. pero no una embestida como la que me dieron a mi.
El parte se rellenó en su coche y decía haber roto el radiador, pero lo cierto es que la temperatura del motor estuvo estable en 90º todo el tiempo y no había charcos de refrigerante en el suelo, que al mezclarse con el agua de lluvia hace un efecto de arco-iris. El contrario algo entenderá de mecánica porque tenía el BTP y creo que te examinan de esa materia... En fin, que creo que me la jugó a base de bien.
El caso es que no sé si a estas alturas estoy a tiempo o no de emprender acciones por mi cuenta ya que tengo muy claro, pero mucho, que no fue culpa mía y que tengo unas secuelas de ese golpe.
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ramon Posts: 1.01008-03-2012 10:26
Hola de nuevo, tumbabueyes: Quizá no me he sabido explicar pero ya entendí que no circulabais por la rotonda sino que el contrario entró en ella. Me refería que a tenor del parte es lo que ha entendido la Cía. y por eso desestima el ir a juicio. Repito que el problema es el parte que se ha enviado a la Cía. y sobre si vale con " tachones " yo haría la pregunta al revés, ¿ si tu has enviado el mismo parte que el contrario también está con tachones?. Si la respuesta es afirmativa el parte es válido ya que las copias enviadas reflejan lo mismo, otra cosa es que tu envíes un parte firmado por el contrario de una forma y el lo envíe todo retocado, entonces si podrías demostrar que lo ha manipulado. Le puedes dar las vueltas que quieras sobre si puedes hacer algo a éstas alturas pero la realidad es que hay un parte firmado por los dos y que él se aprovechó para retocárlo por no encontrárte tu en buen estado y así lo enviáste. Las dudas te las tendrá que aclarar un abogado, no pierdes nada por hacer una consulta y luego decides que hacer. Suerte y saludos, Ramón.
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tumbabueyes Posts: 87308-03-2012 15:07
Gracias Ramón. La verdad es que es así. Retocó el parte muy sutilmente, hay que fijarse y lo envié así. Lo guardé en la carpeta del coche en ese momento y lo saqué en la papelería para mandarlo por fax, ni le eché cuenta más. Es el problema de tener demasiado claro que la culpa es del contrario, no hay que dar nada jamás por supuesto.
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12-03-2012 09:58
Respuesta de CEA: "Normalmente la compañía siempre avisa de la dificultad del éxito de su caso y da libertad de acciones al asegurado. Para informarse de las acciones que se han llevado a cabo debe solicitar en el juzgado el expediente. Para reclamar por vía penal es necesario que el expediente no haya estado parado más de seis meses y para reclamar por vía civil no debe estar parado menos de un año. De todas formas con el resultado de lesiones es probable que pueda recibir al menos la mitad de la indemnización que le corresponde".