Utilizar el sentido común es la mejor herramienta para saber si hay algo que es motivo de multa o no. Hay excepciones muy claras que lo permiten, pero hay otras que son muy ambiguas. De ahí que para saber qué está bien hecho, lo ideal es utilizar el raciocinio.

Muchos nos preguntáis sobre casos muy concretos durante este estado de alarma por coronavirus. Casos, que en muchos casos, se resuelven aplicando dos mecanismos. El primero es sencillo, ya que se trata de la ley. El segundo no es tan fácil de aplicar. Hablamos del sentido común. La Policía o la Guardia Civil aplican las normas, pero no son máquinas. Ellos también son personas y por tanto, aplican el sentido común a la hora de evaluar los casos punibles de multa.
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Nos referimos, dentro de las excepciones para coger el coche, a la de “casos de extrema necesidad”. Se trata de un punto muy ambiguo y que sirve para dotar a la ciudadanía de cierta flexibilidad en casos concretos. Y, por supuesto, a la Policía para evaluar si el motivo es digno o no de multa. Porque si un caso es justificado, no hay multa posible. Solo hay que aplicar el sentido común.
Algunos casos que hemos leído en comentarios o escuchado
Algunos nos habéis preguntado si es posible coger el coche para comprar productos que no tienen en un supermercado específico. Por ejemplo, productos sin lactosa, sin gluten,… En este caso, si tienes que recorrer cinco kilómetros para ir a un supermercado especializado, no deberías tener problemas, ya que se trata de un problema de alergias. Un problema de salud. Otra cosa es que vayas a un supermercado a cinco kilómetros porque allí tengan una cerveza específica o vino que te guste más. En ese caso, si la Policía te da el alto, es muy probable que te multen. No es época de caprichos.

Otro caso es cruzarse la ciudad para recoger a un hijo porque te toca la custodia. Aplicando el sentido común (y la ley), si tu expareja trabaja y no puede hacerse cargo del niño, no deberían decirte nada. En caso de que simplemente te toque, quizá sea mejor que pase un tiempo con tu ex. tampoco te pueden decir nada al respecto, ya que se trata de un caso de extrema necesidad.
Tampoco se contempla en la ley utilizar el coche para ir a visitar a un familiar. Pero si ese familiar es anciano o menor de edad y necesita medicinas o comida, sí. De hecho, se considera asistencia a personas desamparadas y por tanto, es completamente legal. Esa labor la está haciendo Cruz Roja con aquellas personas que no tienen familiares cerca. Es, simplemente, cuestión de sentido común.
Otro caso sobre el que se habla mucho es pasear al perro lejos de casa. Si estás con el perro a siete kilómetros de casa porque te apetece darte un paseo largo con él, te pueden multar, ya que no se trata de que el animal haga sus necesidades. Pero si coges el coche para ir al veterinario y este está lejos de casa, no tienen por qué decirte nada, aunque vayas a pie.
Una historia muy concreta que nos contaban: un hombre casado con una mujer divorciada viven en Madrid. El hijo de ella, en Uruguay con el padre, pero se viene a vivir a Madrid porque así lo ha dictaminado un juez. Pero solo hay vuelos a Barcelona. ¿Puede conducir hasta allí? Una vez más, además de la ley, hay que utilizar el sentido común: un menor no se puede quedar a 600 kilómetros desamparado.
En definitiva, el sentido común es la principal virtud que tenéis que utilizar estos días para valorar si algo está bien o mal hecho. Es importante saber qué es imprescindible y que es, simplemente, un capricho. De ahí que la Policía haya multado a personas por comprar seis cervezas en el supermercado y no a gente que realmente salga porque necesita hacerlo.
Mi madre con 89 años en Marzo sufrió una fractura de cadera, la cuidamos mi marido y yo y tenemos que desplazarnos 38 kms para su asistencia. Podemos hacerlo en el mismo vehículo manteniendo las distancias establecidas ?.Llevamos todos los documentos que nos dio el hospital que la operó así como fotocopia de su DNI. Gracias.
No salir a la calle!.