En 2019 se introducirán cambios en materia de tráfico. Os contamos cuáles.

2019 no sólo nos traerá un aluvión de coches nuevos. En materia de Tráfico habrá también muchos cambios. Si en 2018 han tenido mucho eco los cambios en las ITV o los nuevos métodos para multar como los drones, en 2019 se modificará el Reglamento General de Conductores. Pyramid Consulting nos ha ayudado a hacer un repaso de todo lo que se modifica.
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Cambios de Tráfico 2019: Reglamento General de Circulación
Este 2019 habrá una modificación del Reglamento General de Circulación, en aplicación de la ley de seguridad vial aprobado por el real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos.
Si bien todavía está pendiente de tramitación parlamentaria, en caso de ser aprobado las modificaciones que sufriríamos en materia de tráfico serían las siguientes:
- Comunicación telemática del saldo de puntos o habilitación para conducir de conductores profesionales. Se consagra el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas dedicadas al transporte de personas o mercancías puedan saber si un conductor profesional que trabaje en ellas se encuentra habilitado para conducir. Se elimina la obligación de que los trabajadores otorguen expresamente el consentimiento.
- Multas más altas por el uso del móvil al volante. Ya sea para hablar o para realizar cualquier otra acción, la sanción sube de 3 puntos y 200€ a 6 puntos y la misma cuantía. Queda, así, equiparada la sanción a conducir bajo los efectos del alcohol o de drogas, entre otras. Este cambio afecta, no obstante, sólo al uso del móvil. La manipulación de cualquier otro dispositivo electrónico, como puede ser el GPS, se mantiene 3 puntos y 200€.
- Endurecimiento en las multas por velocidad. Este cambio entra en vigor el 2 de enero y está incluido en la modificación del Reglamento General de Circulación. Así, se considerará una infracción grave circular a 80 km/h en vías limitadas a 30 km/ h. Esto supondrá una multa de 500 € y 6 puntos. Además, circular a más de 80 km/h se considerará infracción muy grave, lo que conllevará 600 € de sanción y la pérdida de 6 puntos.
- Otras multas que se endurecen. No llevar el cinturón de seguridad, el casco o no hacer uso del sistema de retención de seguridad será sancionado con 4 puntos (antes eran tres).

Otros cambios en tráfico 2019
No todos los cambios que se esperan en 2019 están incluidos en este decreto legislativo. Así, el 2 de enero entrarán algunas modificaciones en vigor:
La primera es la equiparación de la limitación de velocidad en todas las vías convencionalesa 90 km/h para turismos y motos y a 80 km/ h, para autobuses, furgonetas y camiones. Se plantea que en aquellas carreteras en las que exista separación física en los dos sentidos de la circulación si podrá fijarse un límite de 100 km/h para coches y motocicletas.

También tiene fecha de entrada en vigor la modificación referente a los cursos de recuperación de puntos. Así, se van a poder recuperar 8 puntos, en lugar de los 6 que se podían recuperar hasta ahora. Además, se va a premiar a conductores que hagan un curso de conducción segura dándoles 2 puntos más. Se van a hacer los cursos más prácticos y participativos. Este proyecto de orden ministerial se va a aprobar el 1 de julio 2019.
Aunque no tiene fecha de aplicación, está también sobre la mesa la modificación del Reglamento General de Circulación por el que se podría limitar la velocidad a 30 km/h en centro urbano, cuando sólo haya un carril y un sentido. Si bien ya es oficial en Madrid dentro del marco de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, cabe esperar que lo implanten finalmente en todos los centros urbanos.

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Nuevos límites de velocidad para 2019
También deberían endurecer los coches sin tarjetas de discapacidad que aparcan en los aparcamientos reservados a discapacitados. Es increíble la cantidad de conductores que aparcan sin dicha tarjeta y la mayoría contestan mal si les dices algo. Falta de ética o falta de todo.
Tendrian que sancionar a los vehiculos que circulan por la izquierda sin motivo en autovias. El carril izquierdo siempre ha sido para adelantar.
Ponen en peligro a los demás.
Ya estamos, a prohibir y multar que es lo fácil, buscar autenticas soluciones al trafico, para que sea más fluido, con más aparcamientos públicos gratuitos y modernos, mejora del asfalto de las carreteras urbanas e interurbanas, mejor señalización, prohibir circular a los vehículos o personas que vayan excesivamente lentos, por supuesto lo que se indica en el comentario anterior de los que van por la izquierda si o si. Aunque evidentemente hay cosas a prohibir, teléfonos móviles o el cinturón de seguridad, por ejemplo.
obligar a utilizar carril derecho
En una ocasion, el director general de tráfico, dijo que había que educar a los niños y sancionar a los mayores. Bien. Parece que en lo primero han fallado a lo grande ya que no paran de endurecer las sanciones y estrechar los límites. Al final, las infracciones son las mismas pero la recaudación por sanciones aumenta.
Todo un éxito.
Estoy de acuerdo con lo que dice Diego de sancionar a los vehículos que van por el carril izquierdo, sin motivo. El problema es que hay muchos tramos de autovía en que el carril derecho está de desastre por el paso de camiones y vas constantemente dando saltos, mientras el carril izquierdo está perfecto, así que habrá que reclamar un mejor mantenimiento a la administración, antes que poner multas
Primero y fundamental revisar y arreglar todas las vías urbanas e interurbanas, autovías y autopistas, pero evidentemente, una ve hecho eso realizar un mantenimiento adecuado y periódico.
Anda que no hay veces que en la vias urbanas, en las ciudades, te encuentras de repente un agujero en el firme o calzada, y das un volantazo, y ya esta el accidente con todos los problemas que conlleva. Pues si eso lo trasladas a la vías interurbanas, autovías y autopistas, pues imagina el accidente que se podría tener en estos casos. Así que no consiste en limitar la velocidad, eso es una mera excusa por la mala actuación.