Un conductor, a través de Automovilistas Europeos Asociados, reclamó una multa por exceso de velocidad que ha terminado en multa para la DGT por no revisar el estado del radar.

El cazador, cazado. La Dirección General de Tráfico ha sido multada por el Juzgado número 22 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid por no revisar adecuadamente el soporte donde se sitúa un radar que multó a un miembro de Automovilistas Europeos Asociados. El organismo ha fallado a favor del conductor tras el recurso de la AEA, ya que fue multado con 300 euros y dos puntos por un supuesto exceso de velocidad.
De esta manera, el conductor ya no tendrá que pagar los 300 euros de la multa y recibirá de vuelta los dos puntos que la DGT le había quitado. Además, la DGT tendrá que pagar 400 euros en costas, según la sentencia. En concreto, el texto del juzgado señala que no consta “el correcto estado del soporte del radar utilizado”.
Se trata de un radar muy curioso, ya que el 2017 fue el que más multó de toda España con 55.119 denuncias, pero hoy en día no está ni entre los veinte radares que más multan: aquí te dejamos la lista de este 2020. Está ubicado en el kilómetro 59,2 de la N-VI.

Pero, ¿por qué se desconoce el buen estado del soporte del radar? ¿Y cómo esto sirve para multar a la DGT? Porque la Orden ITC (3123/2010), hay que verificar la salud del radar y todos sus componentes de forma periódica. Y que eso haya sucedido con este radar no está demostrado al no haber “ningún certificado o documento que garantice la obligatoria verificación de la cabina”.
Esta noticia supone un antes y un después para este radar, fijado en un tramo de 50 km/h, ya que ahora puede haber un auténtico aluvión de reclamaciones a multas de este radar. Por otro lado, estamos convencidos de que la DGT se apresurará a revisar el radar e impedir que los recursos salgan adelante.