El ministerio de Interior publica un documento para unificar criterios sobre las sanciones tras 31 días de estado de alarma.
Las 650.000 infracciones puestas hasta ahora durante el decreto del estado de alarma son propuestas que se tendrán que ratificar y, por tanto, imponer la cuantía de la sanción.
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Las propuestas son:
Desplazamientos no autorizados: 601 euros
-Repetidamente: 1.200 euros
-Acompañado: 1.500 euros
-Ir a segunda residencia: 1.500 euros
-No identificarse: 700 euros
-Saltarse un control: 1.500 euros
Actividad comercial no justificada: 2.000 euros
Fiestas y reuniones: 10.400 euros
Multas por la actitud con la policía

-Menosprecio: 2.000 euros
-Intimidación: 2.000 euros
-Violencia o amenaza: 10.400 euros
Hay que tener en cuenta que cuando un policía te para y detecta que puedes estar incumpliendo la Ley, no te da la notificación con el dinero que tienes que pagar, lo que hace es establecer una serie de hechos que luego eleva a las delegaciones de gobierno y es la administración quien, a tenor de lo descrito por el agente, cifra la cuantía de la multa.
El Ministro del Interior, cuando proclamó el confinamiento, citó un artículo muy concreto, el 36 de la Ley Mordaza, que habla de la desobediencia. Ahí el rango de multas es muy amplio, de 601 hasta 30.000 euros, por ello la elaboración de esta guía.
Excepciones para poder conducir en el estado de alarma
Siempre se podrá conducir si se da alguna de las siguientes situaciones:
-Para ir a comprar alimentos, a la farmacia o productos de primera necesidad.
-Para asistir a centros sanitarios o médicos.
-Para desplazarse hasta el centro de trabajo para aquellos que no puedan teletrabajar, incluidas entidades financieras o de seguros.
-Para retornar al lugar habitual de residencia (nunca para ir a una segunda residencia).
-Para acudir a la asistencia o el cuidado de mayores, menores o personas dependientes, con alguna discapacidad o vulnerables.
-Por una causa de fuerza mayor o situación de necesidad totalmente justificada.
En caso de estar realizando alguna de las seis excepciones antes mencionadas, siempre se podrá acudir hasta una gasolinera en caso de que te quedes sin combustible en tu vehículo, porque son uno de los gremios a los que se ha permitido permanecer abiertos durante este estado de alarma.
¿Pueden ir dos personas en el coche?

Es la pregunta del millón, y esto nos ha contestado la Guardia Civil:
“Los desplazamientos han de ir de manera individualizada como norma general. Ahora bien, si se produce una causa de fuerza mayor por la cual una persona no pueda desplazarse por sí misma (por horas en las que no hay transporte o por no tener carnet de conducir) sí podría estar de acuerdo al marco de desplazamientos y excepciones regulados en el artículo 7 del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por considerarse fuerza mayor. En la normativa no vienen especificadas las excepciones tal cual, se sobreentiende cada caso concreto como lógico y de fuerza mayor”
Nuestro consejo es que resulta muy conveniente que llevéis con vosotros en estos desplazamientos cualquier documentación que certifique la situación por la cual os estáis moviendo.
En caso de fuerza mayor, las personas que vayan en el coche lo harán en diagonal y con las medidas de prevención sanitarias oportunas en el interior (mascarillas).
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Me han denunciado esta misma tarde viniendo de la pelu de cortar el pelo a mi niño de 3 años. La hora era a las 18.30 pero salimos de alli a las 19.30 y en el trayecto a casa me multan dicie do que un menor no puede estar mas alla de las 19.00 fuera de casa.
Ni me han pedido justificante de cita ni nada.
Es legal eso?. Procede esa denuncia?