Se acaba la prórroga para conducir con el carnet caducado en el estado de alarma

Los carnet que venzan a partir del 1 de junio ya no contarán con la prórroga de 60 días del estado de alarma.

 

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Una de las consecuencias de volver a la nueva normalidad es que las prórrogas que el Gobierno promulgó para distintos trámites administrativos están terminando. Una de ellas tiene que ver con los aplazamientos que se realizaron para la renovación del carnet de conducir, que como te voy a explicar a continuación, llegaron ya a su fin.

El sábado 21 de marzo se publicó en el BOE que “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.

Pues bien, al final el Gobierno ha dado marcha atrás y en el Real Decreto 537/2020 comunicó que “se reanudaba o reiniciaban los cómputos de los plazos administrativos suspendidos con efectos desde el 1 de junio de 2020”. De esta manera quedaba derogada la disposición que explicaba en el anterior párrafo.

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Por tanto a modo de resumen. Las prórrogas de los 60 días se aplicarán para aquellos carnets que caducaran durante el estado de alarma y cuya fecha de vencimiento fuera anterior al 31 de mayo.

Cómo renovar el carnet de conducir caducado

Si tu carnet ha vencido durante el estado de alarma o en días posteriores, puedes utilizar cualquiera de las siguientes fórmulas para renovarlo:

  • En caso de hacerlo en un centro de reconocimiento médico, la más recomendable para nosotros, deberás pasar las pruebas que te realicen y ellos mismos te tramitarán todos los papeles de la renovación. Allí pagarás la tasa de 23,5 €, además del coste del reconocimiento que varía según el centro escogido.
  • En caso de hacerlo en una Jefatura de la DGT deberás pasar el reconocimiento en un centro oficial y llevar el certificado junto con el resto de la documentación a presentar.
  • En caso de que te encuentres en el extranjero deberás buscar una embajada o consulado para poder hacer los trámites. Desde allí mandarás un talón-foto, el informe psicotécnico y la copia del resguardo del pago de la tasa en la cuenta ES29 2100 5731 7602 0020 4028.

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Comentarios Se acaba la prórroga para conducir con el carnet caducado en el estado de alarma

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    Avatar de Javier Ucar.
    Javier Ucar 14/07/2021 09:53:36

    Me caducó el permiso de conducir el 17.5 .2021 y me han sancionado
    No tenemos 60 dias más por el estado de alarma y si es así podría recurrirla?

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    Avatar de Cristina.
    Cristina 07/08/2021 19:09:29

    Mi carnet caducó el 22/9/2020 en estado de alarma. ¿Tengo hasta el 21 de agosto para renovarlo?

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    Avatar de Luis Carlos Cáceres.
    Luis Carlos Cáceres, 17/08/2021 13:18:28

    Hola Javier. La prórroga por el estado de alarma fue en 2020, cuando estaban las administraciones paradas. Lo siento. Saludos

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    Avatar de Luis Carlos Cáceres.
    Luis Carlos Cáceres, 30/08/2021 13:55:26

    Hola Cristina. Lo que se explica en el artículo es para fechas anteriores al 31 de mayo. Ya lo deberías haber renovado. Saludos

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