Te explicamos los procedimientos para poder reclamar tu indemnización y resolvemos todas tus dudas.

En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sancionó con 171 millones a una veintena de empresas relacionadas con la automoción (metemos aquí a fabricantes, sus concesionarios y otras entidades asociadas). Después de años reclamando han perdido todos los juicios celebrados hasta ahora y los compradores de coches se empiezan a preguntar si tienen derecho a recibir una indemnización. Vamos a explicarlo aquí.
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¿Qué es el cártel de los coches?
La CNMC descubrió en el 2015, gracias a la información proporcionada por las marcas del Grupo Volkswagen, que se pactaron los precios y rebajas de los coches durante el periodo que comprende desde 2006 al 2013 entre los propios fabricantes, los concesionarios y las consultoras Urban Science y Snap-On.
Por ello se les sancionó en conjunto con una multa de 171 millones, menos a las marcas del grupo alemán que se libraron por colaborar con la investigación, que pese a que han ido recurriendo durante estos años, siempre ha tenido la misma respuesta por parte de los estamentos jurídicos, tenían que pagar.

¿Cuáles son las marcas implicadas por el cártel de los coches?
- Alfa Romeo
- Audi
- BMW
- Chevrolet
- Chrysler
- Citroën
- Dodge
- Fiat
- Ford
- Honda
- Hyundai
- Jeep
- Kia
- Lancia
- Lexus
- Mercedes-Benz
- Mitsubishi
- Nissan
- Opel
- Peugeot
- Porsche
- Renault
- SEAT
- Skoda
- Toyota
- Volkswagen
- Volvo
Como se puede comprobar, son las principales marcas del mercado automovilístico español y que por aquel entonces representaban un 91 % de las ventas totales.
¿A quién y cómo tengo que reclamar mi indemnización?
Para conocer a quién y cómo tenemos que realizar la reclamación de la indemnización hemos recurrido a Olga Muñoz, directora de la Asesoría Jurídica de CEA. Lo primero que nos aclara es que los trámites no se tienen que dirigir contra los concesionarios, ni siquiera contra las consultoras arriba mencionadas, sino hacia las propias marcas.
El segundo paso, nos explica Olga, no es reclamar directamente en un juzgado, sino al fabricante. Si éste hace caso omiso a nuestra petición, que sería lo más habitual, entonces ya emprenderíamos los trámites legales. De no hacerlo así, el juez nos podría echar para atrás el requerimiento inicial al no haber informado a la otra parte anteriormente.

Los trámites se pueden realizar de una forma conjunta, hay numerosas asociaciones creadas por toda España con bufetes de abogados apoyándolas, o a título individual. Esta última será la opción por la que opten en CEA, según nos confirmó Olga Muñoz.
Papeles imprescindibles para reclamar por el cártel de los coches
Si compraste un coche entre los años 2006 y 2013 te va tocar revisar el armario donde guardas los papeles importantes para encontrar toda la documentación necesaria para poder hacer una reclamación a las marcas afectadas por el cártel de los coches. Lo que tienes que reunir es lo siguiente:
- Factura de compra del vehículo. También se darían por válidos los recibos del banco o facturas de la financiación de la adquisición del coche.
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica.
- DNI del comprador.
Plazos para reclamar por el cártel de los coches
En este apartado la fecha puede variar dependiendo de la marca en cuestión. Lo que nos indica Olga es que hay un año de plazo para poder reclamar, a contar desde la última resolución dictaminada por un juez. Como ejemplo, marcas como Peugeot o Citroën a las que se ratificó la multa en abril de este año, los afectados tendrían hasta el mismo mes del 2022 para poder realizar los trámites judiciales antes explicados.
¿Cuánto dinero me tienen que pagar?
Aquí de nuevo entra la casuística de cada comprador, porque no hay una cifra fija. Olga nos comenta que se estima que se tendrían que abonar por las multas entre un 10 y un 12 % del valor de compra del propio coche. Como ejemplos nos indica que para un vehículo pequeño podrían ser alrededor de 2.500 euros, subiendo hasta los 8.000 euros en el caso de los más grandes. De todos modos es un valor que estimará el juez en su momento.
¿Si he comprado o vendido un coche de esa época puedo reclamar?
Puede darse el caso que una persona comprara un automóvil en aquella época del cártel de los coches y lo vendiera posteriormente. Para ellos, nos aclara Olga, sí tendrían la posibilidad de poder reclamar la indemnización, siempre y cuando conserven toda la documentación que explicaba en el punto de arriba. Los que no pueden hacerlo son los compradores posteriores de esos coches.
Por último, aclarar que estas reclamaciones no son solo para los particulares. También se pueden beneficiar de ellas empresas del alquiler, flotas, taxis y VTC. Y que no son aplicables para personas que comprar coches de kilómetro cero en esa época.
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