Avisadores de radar, detectores de radar, inhibidores de radar, ¿cuáles son legales? ¿en qué se diferencian unos de otros?

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de tráfico, los detectores de radar se prohibieron, y también los inhibidores, éstos desde antes. Actualmente sólo son legales los avisadores de radar. A continuación te explicamos las diferencias entre estos dispositivos.
Avisadores de radar: legales
Son localizadores GPS que utilizan su sistema de posicionamiento y una base de datos, cuya ubicación es pública, ya que están anunciados tanto a pie de carretera como en la propia página web de la Dirección General de Tráfico, para avisarte cuando te acercas a un radar fijo, a uno de tramo o cuando te aproximas a una zona en donde habitualmente hay radares móviles. No precisan instalación, van ubicados en el salpicadero y cuestan entre 100 y 200 euros. Los avisadores también detectan problemas en la carretera.

Detectores de radar: ilegales
Se trata de dispositivos electrónicos que detectan las ondas que emiten los radares fijos y móviles, advirtiendo al conductor de su presencia hasta con 700 metros de antelación. Es decir, avisa al conductor de que hay un radar para que, si va con exceso de velocidad, aminore la marcha y pueda pasar por delante de él dentro del límite permitido. Aunque son ilegales están a la venta y pueden ser portátiles, cuyo precio rondan los 300 euros, y fijos, que van situados en el vano motor y los puedes encontrar desde 500 euros, más los gastos de instalación. Si te pillan con un detector de radar la multa es de 200 euros y 3 puntos de retirada de carné.

Inhibidores de radar: ilegales
Estos dispositivos, además de detectar los radares, anulan su señal... Son los anti-radares más caros y suelen ir camuflados bajo el paragolpes delantero. La diferencia fundamental con el detector es que éste no inhibe la frecuencia del radar, pero sí interactúa con él al captar su señal. El detector no permite pasar con exceso de velocidad sin ser multado, lo que hace es avisar al conductor para que aminore la velocidad. Están totalmente prohibidos bajo multa de 6.000€ y la pérdida de 6 puntos.

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Avisador |
Detector |
Inhibidor |
Avisa de radares fijos |
Sí |
Sí |
Sí |
Avisa de incidencias |
Sí |
No |
No |
Es legal |
Sí |
No |
No |
Multa |
- |
200 € |
6.000 € |
Retirada de puntos |
- |
3 puntos |
6 puntos |
Toda norma o ``LEY´´ se crea por los antecedentes de accidentes . el circular por el tercer o cuarto carril del autopista a 140kmh tiene sancion por la peligrosidad . no se sanciona que un ``conductor´´ vea a dos kilometros un camion y se situe delante de un vehiculo que circula a 140kmh y lo obligue drasticamente a bajar a 98kmh. adelantar por la derecha esta sancionado por ``LEY´´ los camiones circulan a 90 kmh por ``LEY´´ ocupan el carril derecho , los otros tres carriles estan ocupados por conductores , que en el mejor de los casos circulan entre 90 y 110 kmh . cuando se sancionara a los conductores que limitan la libre circulacion a los otros vehiculos? expongo esto , porque he circulado por el carril derecho desde la junquera a barcelona a una buena velocidad y solo he abandonado el carril derecho para adelantar camiones , en los casi 150kilometros de autopista , rebasando mas de doscientos vehiculos que circulaban por el segundo , tercero y cuarto carril . deberia ser multado yo por circular por la derecha , rebasando conductores que simplemente tienen carnet ?.