Ante una contradicción entre señales de tráfico, vertical y horizontal, a cuál debo hacer caso?
( Burgos )1.- En primer lugar las señales y órdenes de las autoridades (agentes de circulación).
2.- Señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía y señales de balizamiento fijo.
3.- Semáforos.
4.-Señales verticales de circulación.
5.- Marcas viales.

Cuando las señales muestran indicaciones contradictorias, por ejemplo lo que tú preguntas, que la señalización horizontal te permite algo que la vertical te prohíbe, lo que prevalece es la norma de la vertical.
En el pueblo que resido, a mi entender ahí una intersección. la cual esta compuesta por un paseo de doble sentido de circulación con na vía de un solo sentido, al principió si circulabas por el paseo había dos señales una de stop aun existentes y otra de prohibido girar a la izquierda ya que esa vía que se pretendía tomar era de sentido único los usuarios de la vía aun con dicha señalización utilizaban ese lugar para efectuar el cambio del sentido de la marcha pudiéndolo hacer a unos 250 m aproximadamente en una glorieta, y yo creo que con mal criterio el Ayuntamiento tomo una mala decisión quito la señal de prohibido girar a la izquierda y pudo otra de obligación de sentido único permitiendo a si que los usuarios de la vía en un tamo de vía de sentido único puedan hacer un cambio de sentido en el mencionado paseo sin tan si quiera señalizar con marcas viales la forma de hacer la maniobra, llevando esto a una contradicción de señalización y a efectuar mal las la maniobra, lo cual cualquier día de esto puede llevar a n accidente, y creo que este caso nos ha de llevar a una reflexión de la mala regulación vial que hacen algunos Ayuntamientos a señalizar sus vías, me gustaría ofrecerles o mostrar una fotografía o un croques del lugar pero al parecer no es posible, gracias por su atención.