Los fallos en las luces del coche suponen uno de los principales motivos de rechazo en la ITV. Te contamos los defectos más comunes.

El sistema de iluminación del coche es uno de los elementos más importantes de nuestro vehículo ligado a la seguridad vial. Por esta razón, es uno de los puntos que se revisan en la ITV. Curiosamente, los fallos en las luces del vehículo suponen uno de los principales motivos por los que se produce el rechazo en la inspección, a pesar de que a veces podrían evitarse si los conductores echasen un simple vistazo a las luces.
Comprobaciones periódicas
Según el Manual de Procedimientos de Inspección de las Estaciones ITV, una luz fundida, una bombilla suelta, una incorrecta altura de la iluminación o la instalación de luces no homologadas puede suponer la diferencia entre un resultado favorable o no.
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Hay que recordar que los fallos pueden ser leves o graves. Si el defecto es leve, la ITV resultará favorable con la obligación de arreglar ese defecto. Sin embargo, si se incurre en un defecto grave, la inspección será desfavorable y, además de tener que repararlo, será necesario volver a la estación y someterse de nuevo al examen de los técnicos.

ITV: defectos leves
Según la normativa se consideran defectos leves:
- La avería de alguna de las luces de carretera, posición o freno.
- La insuficiente iluminación de la matrícula trasera.
- El fallo de alguna de las luces antiniebla de la parte delantera.
ITV: defectos graves
- La avería o desperfecto de las luces de carretera, de alguna de las luces de cruce o de todas las luces de posición delanteras o traseras.
- El fallo, desperfecto o frecuencia irregular de alguno de los intermitentes o luz de emergencia.
- El no funcionamiento de las luces de freno, así como la ausencia de una tercera de ellas en los vehículos obligados a tenerla.

También son considerados defectos graves que impiden superar la inspección: la ausencia de iluminación de la matrícula trasera, el color incorrecto de esta luz (blanca, excepto para matriculaciones previas al 26 de julio de 1999, en las que puede ser amarilla) o la posibilidad de desprendimiento de la misma.
Por último, el fallo en las luces antiniebla se considera un defecto grave, así como el fallo de la luz de marcha atrás en aquellos casos en los que resulta obligatoria.
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