Declaración de la renta 2023: deducción del 15% por la compra de un vehículo eléctrico

Hay nuevas posibilidades de deducción por la renta del año 2023

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La declaración de la renta 2023 presenta diversas oportunidades de deducción para aquellos que hayan adquirido un vehículo eléctrico, híbrido enchufable o de pila de combustible, así como para personas con discapacidad y autónomos. Con el inicio de la campaña para la presentación de la declaración de la renta el próximo 3 de abril, surge una nueva oportunidad para los contribuyentes españoles. No obstante, te recomendamos consultar con un asesor fiscal para maximizar estas deducciones y cumplir con las obligaciones tributarias de manera adecuada. Entre las novedades más relevantes este año se encuentra la introducción de una deducción del 15% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellos que hayan adquirido un vehículo eléctricohíbrido enchufable o de pila de combustible durante el ejercicio fiscal 2023.

Beneficios para los adquirientes de vehículos eléctricos

Esta medida fiscal busca incentivar la adquisición de vehículos más respetuosos con el medio ambiente y promover la movilidad eléctrica en España. Los contribuyentes que se acojan a esta deducción podrán recuperar hasta un 15% del valor del vehículo, con un tope máximo de 3.000 euros. Además, también se contempla la posibilidad de deducirse hasta un 15% (con un límite de 4.000 euros) por la instalación de un punto de recarga en el domicilio.

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Ventajas para personas con discapacidad y autónomos

Asimismo, aquellos que tengan alguna discapacidad o que tengan a su cargo a personas con discapacidad podrán beneficiarse de una deducción del 50% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) por la compra de un vehículo nuevo. Es importante señalar que este descuento solo se aplica a vehículos nuevos, excluyendo opciones usadas, seminuevas y KM 0.

Por otro lado, los autónomos que utilicen el vehículo adquirido para su actividad profesional podrán desgravar el 50% de las cuotas (capital e intereses) pagadas durante el año fiscal, así como el 50% del IVA. Esta medida también se aplica a los autónomos que opten por modalidades de alquiler como el renting.

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Declaración de ayudas del Plan Moves III y vehículos de empresa

Aquellos que hayan recibido ayudas del Gobierno en la compra de vehículos nuevos bajo el Plan Moves III deberán declarar estas cantidades como ganancia patrimonial y tributar en consecuencia. Estas ayudas incrementarán la base imponible sujeta a gravamen, según los tramos del impuesto. En el caso de los vehículos de empresa, estas podrán desgravar una parte de su coste. Si el vehículo se utiliza también de manera particular por el empleado, Hacienda considera que se trata de un rendimiento en especie que debe tributar como un ingreso más.

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