Cometer locuras al volante tiene sus consecuencias. Te contamos las infracciones más graves, el número de puntos que te quitan y el importe de la sanción.

Cometer una infracción muy grave conlleva, además de la retirada de puntos, una sanción económica. En principio, las multas para las sanciones muy graves son de 500 €, 250€ con pronto pago.
Hay dos excepciones que aumentan la multa hasta 1.000 €:
- Los conductores reincidentes que ya hayan sido multados el año anterior por dar positivo en un control de alcoholemia
- Los que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida
Las multas de velocidad suben hasta 600 €
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Lista de infracciones muy graves
- Conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas o con presencia de drogas en el organismo. Conducir con una tasa de entre 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l supone la retirada de 4 puntos y dar más de 0,50 mg/l conlleva retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
- Circular a más del doble de la velocidad permitida en una vía conlleva retirada de 6 puntos. Por ejemplo, es muy grave circular a 71 km/h en una vía limitada a 20 km/h. En calles limitadas a 50 km/h, se considera infracción muy grave circular a 101 km/h. Si la vía tiene la velocidad máxima fijada en 90, es muy grave ir a 171 km/h. En el caso de una carretera limitada a 120 km/h, se considera infracción muy grave ir a 191 km/h.
- Controles: incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo son 6 puntos menos.
- Conducir de forma temeraria. (6 puntos)
- Circulación en sentido contrario al establecido. (6 puntos)
- Carreras: es infracción muy grave participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas. (6 puntos)
- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. (6 puntos y 6000 euros del multa)
- Exceso en más del 50 % en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. (6 puntos)
- Circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correspondiente, con una autorización que no sea válida por no cumplir los requisitos exigidos (4 puntos)
- Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios. (4 puntos)
- Identificar al conductor: incumplir con la obligación de identificar al conductor que haya cometido la infracción cuando sean debidamente requerido para ello en el plazo establecido.La normativa indica que la multa será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve; y el triple, si es infracción grave o muy grave.
- Vehículo sin licencia: circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correspondiente, con una autorización que no sea válida por no cumplir los requisitos exigidos reglamentariamente, o incumpliendo las condiciones de la autorización administrativa que habilita su circulación.
- Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial.
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