A muchos usuarios les salta la duda de cuál es el número exacto de vehículos que se pueden estacionar en la plaza de garaje.

Algunas personas tienen la suerte de tener una plaza de garaje en la que poder estacionar su vehículo. Otras en cambio, se ven obligadas a estacionar su coche en plena calle. Esto hace que tu automóvil se vea expuesto a las condiciones climatológicas y aumenta también las posibilidades de ser vandalizado. Además, hay que tener en cuenta que en tu propia plaza de garaje puedes montar un cargador para recargar la batería de tu coche eléctrico o híbrido enchufable.
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Cuando te das una vuelta por los garajes comunitarios, te das cuenta de que muchos de ellos parecen auténticos trasteros. Cajas, armarios o bártulos de distintos tamaños llenan las plazas, pero aquí a muchos lectores les surge una duda, ¿cuántos vehículos puedo estacionar en mi plaza?

Aquí hay que hacer una matización importante. Si se trata de un garaje de una casa unifamiliar, lo que se conoce como chalet, podrás guardar todo lo que quieras, coches, motos, barcas incluso muebles. No obstante, si vives en comunidad hay que tener en cuenta que la cosa cambia. Tienes la posibilidad de utilizar la plaza como consideres corrector, siempre y cuando respetes los límites establecidos.
Pero atento, debes saber que si la comunidad tiene normas propias sobre este apartado deberás conocerlas y cumplirlas. Es decir, si hay una norma que expone que solo se puede guardar un vehículo, deberás respetarla. Esto también se aplica a las personas que alquilen una plaza, por lo que es importante leer, revisar y entender a la perfección el contrato que se firma con el arrendatario.

Vamos a responder ahora a una de las preguntas que más se hacen. ¿Puedo guardar coche y moto en mi plaza? Pues como ya hemos contado si que se puede hacer, siempre y cuando se respeten las normas que hay en la comunidad. Debes ser consciente de que si las incumples, los otros propietarios pueden llamar al administrador o al presidente, para que este te de un toque de atención y si haces oídos sordos, esto puede llevar a que se ponga una denuncia.
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Sinceramente, pero eso de que no puedo guardar un vehículo o dos en función de las normas de la comunidad no es del todo cierto. En tu plaza puedes guardar los vehículos que quieras (y te quepan) siempre y cuando no rebases los límites de tu plaza ni lo que guardes pueda considerarse material peligroso o se considere de alto riesgo.
yo creo que es asi , ya que lei por otro medio ,que si note sales de tu marcaje de plaza , puedes meter los vehiculos que te entren , ya que bastante has pagado por tu plaza , y siempre esta el que dice que si hay un incedio , pues esta claro ,como los vehiculos estas obligado a llevarlo con seguro , si lo tienes con incendio a cobrar del seguro pero si no tienes contratado incendio , ya sabes ajo y aggua
Hola J. Carlos. Como indicas según la ley horizontal no se debe rebasar los límites de la plaza, sin indicar nada sobre los vehículos incluidos. Por tanto, si la comunidad tiene un seguro por X plazas y tras un siniestro había X+1 vehículos, pueden "lavarse las manos" al cubrir los daños. Por ello se suele incluir la prohibición en los estatutos. Saludos
Hola, Luis Carlos:
Como bien dices, la comunidad tiene un seguro por plazas, pero no especifica si en esa plaza ha de haber uno, dos o varios vehículos. Si yo en mi plaza guardo un coche y una moto y no rebaso los límites de mi plaza, el seguro debería cubrir el contenido que hay en dicha plaza, siempre y cuando el contenido no rebase ni siquiera en un centímetro los límites de la plazas. Por tanto, en caso de disputa, la ley dice que por encima de los estatutos privados de una comunidad, prevalecen los estatutos o leyes generales. En este caso, si la ley horizontal, que es una ley general, establece que se puede meter más de un vehículo en una plaza, siempre y cuando no rebases los límites de la plaza, esta ley está por encima de cualquier estatuto privado de la comunidad.
Hola, Luis Carlos:
Como bien dices, la comunidad tiene un seguro por plazas, pero no especifica si en esa plaza ha de haber uno, dos o varios vehículos. Si yo en mi plaza guardo un coche y una moto y no rebaso los límites de mi plaza, el seguro debería cubrir el contenido que hay en dicha plaza, siempre y cuando el contenido no rebase ni siquiera en un centímetro los límites de la plazas. Por tanto, en caso de disputa, la ley dice que por encima de los estatutos privados de una comunidad, prevalecen los estatutos o leyes generales. En este caso, si la ley horizontal, que es una ley general, establece que se puede meter más de un vehículo en una plaza, siempre y cuando no rebases los límites de la plaza, esta ley está por encima de cualquier estatuto privado de la comunidad.
Creo que dejar coche y moto no se debe dejar, y menos si estorba al vecino.
Si no estorba al vecino y no hay ninguna ley que lo prohíbe se puede dejar perfectamente.