El conductor no es la única persona a la que la Dirección General de Tráfico puede multar, el copiloto también puede ser sancionado. Acciones como besar al piloto pueden se consideradas una infracción.

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Según el Reglamento General de Circulación, el conductor “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Y es que quien está al volante no solo debe mantener en todo momento la posición adecuada para conducir, sino también “que la mantengan el resto de los pasajeros”.

Multas al copiloto
El copiloto (o el resto de pasajeros) puede ser multado por estas razones:
1.-Distraer al conductor. Actitudes como discutir fuertemente e incluso besarse con quien conduce podría derivar en multas que van desde los 100 a los 500 euros, dependiendo de la gravedad.
Si, según el criterio de los agentes, estas acciones han llegado a provocar una conducción temeraria, podrían acarrear la sanción máxima de 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.

2.- No llevar cinturón de seguridad. No abrocharte el cinturón está sancionado con 200 euros, y en el caso de copiloto, la única diferencia es que no se le retirarán puntos del carné de conducir. Te recordamos que tras la reforma de la Ley de Tráfico si se “caza” al conductor sin cinturón se le retirarán 4 puntos. Asimismo, tienes que saber que si el acompañante que viaja sin cinturón es menor, la responsabilidad recaerá sobre el conductor.
3.- Una posición incorrecta. Actitudes como poner los pies encima del salpicadero son muy peligrosas, ya que en caso de accidente o colisión el cinturón de seguridad no realizará su función de forma correcta pudiendo provocar un efecto submarino. Además, te podemos asegurar, que la Guardia Civil tiene muy fácil detectar este tipo de comportamientos, ya que se ven de forma sencilla a la hora de adelantar o gracias a las cámaras que tienen los drones y los helicópteros. A nivel económico, puede significar una multa de entre 80 y 100 euros.
4.- Tirar objetos por la ventana. Arrojar basura por la ventanilla no solo es un acto incívico con el que se contamina; también puede ocasionar un accidente. Es, además, una infracción que la nueva Ley de Tráfico castiga duramente: si antes se castigaba con 200 euros y cuatro puntos menos, ahora se penaliza con 500 euros.
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Muchas multas son por seguridad y evitar daños, pero día a día nos están agobiando con afán recaudatorio que nada tiene que ver con la Seguridad Vial.
Veremos lo que tardan en prohibirnos ir hablando dentro del coche para plantarte una nueva multa de 300 € y 5 puntos.
Toser o estornudar dentro del auto será lo siguiente.
Tal cual, Enric.