El Ayuntamiento de Madrid y la Dirección General de Tráfico (DGT) están generando confusión entre los conductores respecto a la notificación de multas de tráfico enviando avisos vía SMS y correo electrónico.

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Estos organismos están enviando avisos informativos por SMS o correo electrónico, invitando a los ciudadanos a consultar sus multas a través de la web del Ayuntamiento o la app MiDGT. Sin embargo, es importante saber que estos avisos no constituyen una notificación oficial y pueden afectar el derecho de defensa de los conductores.
¿Cómo se están enviando los avisos de multas de tráfico?
El Ayuntamiento de Madrid, al disponer de los datos personales de los ciudadanos (correo electrónico y teléfono), envía un aviso informativo cuando detecta una multa de tráfico. Este mensaje indica que el usuario puede consultar su notificación accediendo a la carpeta personal en la web del Ayuntamiento mediante clave o certificado digital.

Una vez dentro, es posible ver la notificación, pagarla o presentar alegaciones. Sin embargo, desde Pyramid Consulting nos alertan de que que acceder a la carpeta personal en la web del Ayuntamiento NO es un medio de notificación oficial.
App MiDGT
Por su parte, la app MiDGT también permite consultar el estado de expedientes sancionadores. Al ingresar, la aplicación muestra una nota informativa sobre la multa, pero nuevamente, este aviso no es una notificación oficial.
¿Qué dice la ley sobre las notificaciones de multas?

La Ley de Tráfico establece en su artículo 90 que las notificaciones de sanciones deben realizarse a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) (obligatoria para personas jurídicas y opcional para particulares) o mediante correo certificado administrativo.
Además, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula que:
- Si el primer intento de notificación se realiza antes de las 15:00 horas, el segundo debe efectuarse después de esa hora (y viceversa), con al menos tres horas de diferencia.
- Si no se puede entregar, deben dejar un aviso para que el interesado recoja la notificación en la oficina de Correos en un plazo de 7 días.
- Si la notificación no se recoge o el interesado es desconocido en el domicilio, la sanción debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿Por qué se están enviando estos avisos informativos?

El consejo de los expertos
Desde Pyramid Consulting aconsejan no darse por enterado de estos avisos informativos hasta que la multa sea notificada correctamente por la DEV o mediante correo certificado. Si el Ayuntamiento o la DGT no cumplen con este proceso, la sanción podría ser anulada por defecto de forma en caso de que el expediente llegue a la vía ejecutiva.
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